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Calculadora del IRPF de las ganancias con criptomonedas

Estima cuánto pagarías en el IRPF por las ganancias con criptomonedas en España, con la escala del ahorro vigente desde 2025 (del 19 % al 30 %) y el desglose por tramos.

Revisada el por Cristian Arango

Calculadora

6.000 € al 19 %1.140,00 €
4.000 € al 21 %840,00 €
Base del ahorro10.000,00 €
Cuota estimada1.980,00 €
Tipo medio19,80 %

Escala estatal y autonómica conjunta del territorio común desde 2025. No incluye compensación de pérdidas de años anteriores ni el régimen foral del País Vasco y Navarra. Es una estimación.

Qué calcula

En España, las ganancias por vender criptomonedas o cambiarlas por otras tributan en la base imponible del ahorro del IRPF. Esta calculadora aplica la escala vigente desde 2025 a tus ganancias netas del año y te muestra cuánto pagarías y en qué tramos.

Si no tienes claro qué operaciones generan ganancias ni cómo calcularlas (método FIFO), empieza por la guía de cómo declarar criptomonedas a Hacienda.

La escala del ahorro

Base del ahorroTipo
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 a 50.000 €21 %
De 50.000 a 200.000 €23 %
De 200.000 a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %

Es la suma de la escala estatal y la autonómica del territorio común. El tramo del 30 % lo introdujo la Ley 7/2024, con efectos desde el 1 de enero de 2025.

Por qué hay que sumar otras rentas del ahorro

La escala se aplica a toda la base del ahorro del año, no solo a las criptomonedas. Si además has cobrado intereses de una cuenta remunerada o has vendido un fondo con plusvalías, esas rentas ocupan los primeros tramos y tus ganancias cripto tributan en los siguientes. Por eso la calculadora te pide ambos datos.

Ejemplos resueltos

Ganancia de 10.000 € (los valores por defecto), sin otras rentas del ahorro:

  • 6.000 € al 19 % = 1.140 €
  • 4.000 € al 21 % = 840 €
  • Total: 1.980 €, un tipo medio del 19,8 %.

Ganancia de 60.000 €:

  • 6.000 € al 19 % = 1.140 €
  • 44.000 € al 21 % = 9.240 €
  • 10.000 € al 23 % = 2.300 €
  • Total: 12.680 €, un tipo medio del 21,13 %.

Qué no incluye

  • Pérdidas de años anteriores. Si tienes saldos negativos de los cuatro años anteriores, restan de la base antes de aplicar la escala.
  • Compensación con otras rentas. Las pérdidas patrimoniales pueden compensar hasta el 25 % de los rendimientos del capital mobiliario, y al revés.
  • El País Vasco y Navarra, que tienen sus propias normas forales.
  • Rendimientos como el staking, que también van a la base del ahorro: súmalos en "otras rentas del ahorro".
  • Retenciones ya practicadas, que se descuentan de lo que pagas al presentar la declaración.

Es una estimación para orientarte. Para tu declaración, usa el programa Renta WEB de la Agencia Tributaria y, si tus operaciones son complejas, consulta con un asesor fiscal.

Para entenderlo mejor

Fuentes

Aviso: calculadora orientativa. No constituye asesoramiento financiero ni fiscal. Los datos que escribes no salen de tu navegador.

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