Seguridad y herencias
¿Cómo declaro una estafa o un hackeo de criptomonedas?
Respuesta corta
Puede ser una pérdida patrimonial en la Renta, pero Hacienda exige justificarla: denuncia, historial de operaciones y pruebas del destino de los fondos. Si te robaron o te engañaron para enviar criptos, va a la base general. Si invertiste en una plataforma fraudulenta, Hacienda lo trata como un crédito impagado y suele exigir un año desde que reclamas judicialmente.
Lo primero, antes que los impuestos: si acabas de sufrir una estafa o un robo, denuncia cuanto antes ante la Policía Nacional o la Guardia Civil, guarda todas las pruebas y no pagues a nadie que prometa recuperar tu dinero. Te explicamos los pasos en la guía de estafas. Puedes pedir ayuda gratuita llamando al 017, la línea de ciberseguridad de INCIBE.
¿Puedo restar esa pérdida en la Renta?
La Dirección General de Tributos distingue dos situaciones, y el tratamiento cambia mucho.
*1. Robo o engaño para que envíes tus criptos (hackeo, phishing, suplantación).* En la consulta vinculante V1828-24 (2024), sobre una ciberestafa, la DGT admitió que se produce una pérdida patrimonial, que va a la base general (no a la del ahorro) porque no procede de una venta. La condición es que esté justificada: el artículo 33.5 de la Ley del IRPF excluye las pérdidas no justificadas.
2. Inversión en una plataforma fraudulenta (depositaste dinero o criptos en una web que prometía rentabilidades y luego no te deja retirar). En la consulta V1579-22, la DGT trató ese dinero como un crédito frente a la plataforma. Un crédito no cobrado solo se convierte en pérdida cuando se cumplen los requisitos del artículo 14.2.k: en la práctica, que haya pasado un año desde que inicias un procedimiento judicial para reclamarlo. Según este criterio, la denuncia por sí sola no basta para imputar la pérdida.
Qué pruebas guardar
- La denuncia y cualquier resolución judicial posterior.
- El historial de compras de las criptos perdidas (para saber su coste).
- Los identificadores de las transacciones (hashes) y las direcciones a las que se enviaron los fondos.
- Capturas de pantalla, correos y conversaciones con los estafadores.
Ejemplo
Te suplantan el soporte de tu exchange y te convencen para enviar 0,1 BTC que te costaron 4.000 €. Denuncias al día siguiente y guardas el hash de la transacción.
- Según el criterio de la V1828-24, podrías declarar una pérdida patrimonial de 4.000 € en la base general de ese año, aportando las pruebas si Hacienda las pide.
- En la base general, esa pérdida se resta primero de otras ganancias patrimoniales de la base general del mismo año; si sobra, de hasta el 25 % del saldo positivo de tus rendimientos (por ejemplo, el sueldo), y el resto se arrastra durante los cuatro años siguientes (artículo 48 de la Ley del IRPF).
Por qué conviene un asesor
Las consultas de la DGT resuelven casos concretos, y la frontera entre robo y plataforma fraudulenta no siempre es nítida. Además, si eras no residente cuando sufriste la estafa, la pérdida no se puede computar en España (consulta V3203-23). Con importes relevantes, revisa tu caso con un asesor fiscal antes de declarar.
Información general con fines divulgativos, no asesoramiento fiscal ni jurídico. La normativa y los criterios de Hacienda cambian: comprueba la fecha de revisión y, si tu caso es complejo, consulta con un asesor fiscal.
Fuentes
- Buscador de consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos
- Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (BOE)
- Policía Nacional: denuncias
¿Has visto un dato desactualizado? Escríbeme a contacto@criptoworld.org y lo reviso.