Hacienda
¿Qué cambia con la directiva DAC8 para las criptomonedas?
Respuesta corta
La directiva europea DAC8 obliga a los proveedores de criptoactivos de toda la UE a identificar a sus clientes y a comunicar sus operaciones a la administración tributaria, que las comparte con la del país de residencia de cada cliente. Se aplica desde el 1 de enero de 2026. En España, la ley que la adaptaba decayó al disolverse las Cortes en octubre de 2026.
DAC8 es el nombre corto de la Directiva (UE) 2023/2226, la octava modificación de la directiva europea de cooperación administrativa en materia fiscal. Su objetivo es que las criptomonedas dejen de ser un punto ciego para Hacienda, igual que ya ocurre con las cuentas bancarias y los valores.
Qué obliga a hacer
- Los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en la UE (los mismos que necesitan autorización bajo MiCA) deben identificar a sus clientes, incluida su residencia fiscal y su número de identificación fiscal.
- Deben comunicar cada año a su administración tributaria las operaciones de sus clientes: compras, ventas, permutas y transferencias, con importes en euros.
- Esa administración intercambia la información con la del país donde reside cada cliente. Si eres residente en España y usas un exchange autorizado en otro país de la UE, Hacienda recibirá tus datos.
La directiva se aplica desde el 1 de enero de 2026: los datos de 2026 se comunicarán en 2027.
La situación en España
Los Estados tenían hasta el 31 de diciembre de 2025 para incorporar la directiva a su ley. España tramitó un proyecto de ley que modificaba la Ley General Tributaria (incluía, por ejemplo, que las criptomonedas se pudieran embargar) y, en marzo de 2026, Hacienda publicó un proyecto de orden para adaptar los modelos 172, 721 y crear un nuevo modelo 175.
El 6 de octubre de 2026 se publicó en el BOE la disolución de las Cortes Generales por la convocatoria de elecciones del 29 de noviembre. Con la disolución, los proyectos de ley que no se habían aprobado decaen, y el nuevo Gobierno tendrá que volver a tramitarlos. Por eso, a fecha de esta respuesta, España sigue sin una ley que incorpore la DAC8, aunque la directiva ya obliga a los proveedores de otros países de la UE.
Qué significa para ti
- Tus obligaciones fiscales no cambian: las ventas, permutas y recompensas ya tributaban antes de la DAC8.
- Lo que cambia es que a Hacienda le resultará mucho más fácil saber lo que haces, también en exchanges de otros países de la UE.
- Si tienes ganancias de años anteriores sin declarar, regularizarlas por tu cuenta sale mucho más barato que esperar a que te lo reclamen: lo explicamos en ¿Qué pasa si no declaro?.
Ejemplo
Vives en Sevilla y operas en un exchange autorizado en Francia. En 2026 vendes bitcoin con una ganancia de 5.000 €. En 2027, el exchange informará de tus operaciones a la administración francesa, que pasará los datos a la Agencia Tributaria. Si no lo declaraste en tu Renta de 2026, Hacienda lo verá al cruzar los datos.
Tienes esta y otras fechas clave en el calendario cripto y fiscal, con un enlace para añadirlas a tu calendario.
Información general con fines divulgativos, no asesoramiento fiscal ni jurídico. La normativa y los criterios de Hacienda cambian: comprueba la fecha de revisión y, si tu caso es complejo, consulta con un asesor fiscal.
Fuentes
- Directiva (UE) 2023/2226 (DAC8), EUR-Lex
- Ministerio de Hacienda: proyecto de orden de los modelos 172, 175, 289 y 721 (marzo de 2026)
- BOE: Real Decreto 806/2026, de disolución de las Cortes Generales
¿Has visto un dato desactualizado? Escríbeme a contacto@criptoworld.org y lo reviso.
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